FIDUCIA, DATOS PERSONALES Y DERECHO A LA IMAGEN

¿Por qué confiar los derechos de imagen y los datos a una fiducia ?

Protection des droits à l’image et des données personnellesCada año recibimos cada vez más solicitudes de deportistas y de particulares deseosos de transferir sus derechos de imagen y la propiedad de sus datos personales a una fiducia (la fiducia del derecho francés).

La idea es sencilla: confiar la protección de la propia imagen, de la reputación y de los datos personales a un abogado especializado en propiedad intelectual y en derechos afines.

La solución aporta, en efecto, varias ventajas nada desdeñables:

· En primer lugar, la búsqueda y la explotación de la imagen y de los datos personales se comparten entre el Constituyente (artista / deportista / empresario / particular …) y el despacho de abogados. Dos miradas valen más que una.

· A continuación, los ingresos procedentes de la explotación de esta propiedad intelectual ya no recaen directamente en el patrimonio del constituyente, sino en la fiducia. De ello resulta, por tanto, una disminución significativa de la base imponible según cómo esté jurídicamente estructurada la fiducia.

· Por último, la protección y la detección de las vulneraciones de la imagen y de los datos personales se comparten entre el abogado fiduciario y el Constituyente, para defender del mejor modo y obtener la reparación de todos los perjuicios sufridos. También en este caso, los costes del procedimiento corren a cargo de la fiducia que, en consecuencia, percibirá igualmente los daños y perjuicios que le sean concedidos y podrá después distribuirlos, a su elección, entre el/los Constituyente(s) y/o el/los Beneficiario(s).

Una protección reforzada de sus derechos

Esta solución permite por tanto una protección y una efectividad reforzadas de los derechos de propiedad intelectual del Constituyente transferidos a la fiducia del derecho francés, asegurando al mismo tiempo disponer, en toda circunstancia, del mejor asesoramiento para intervenir en cada ámbito, puesto que la elección de los abogados de contencioso encargados de intervenir corresponderá al Fiduciario quien, abogado él mismo, está mucho mejor situado para identificar a los compañeros más reputados y más competentes en cada rama del derecho, siendo además capaz de controlar y verificar su trabajo mejor que cualquier profano.

Separar su imagen de la protección de su imagen a fin de reducir su riesgo mediático

Los beneficios concretos para su imagen y su patrimonio

Transferir sus derechos de propiedad intelectual a una fiducia (la fiducia del derecho francés) permite, pues, una mejor optimización y eficacia de sus derechos, así como una mejor articulación mediática y de imagen pública, ya que permite distinguir las actuaciones del fiduciario de la reputación personal del artista, del deportista, del político o del empresario afectado, a menudo mediática y/o políticamente expuesto.

Preguntas frecuentes sobre la fiducia del derecho francés, los datos personales y el derecho a la imagen

¿Se pueden proteger los datos personales con una fiducia?

Sí. La fiducia permite confiar a un Fiduciario la gestión y la explotación de derechos patrimoniales vinculados a los datos personales y a la imagen, en particular para las personalidades públicas que desean controlar el uso comercial de su identidad.

¿Puede el derecho a la imagen ser objeto de una fiducia?

Los atributos patrimoniales del derecho a la imagen (explotación comercial) pueden aportarse en fiducia y ser gestionados por un Fiduciario, mientras que los atributos extrapatrimoniales, inherentes a la persona, siguen siendo intransmisibles.

¿Por qué le interesaría una fiducia a una personalidad expuesta?

Una persona mediática o políticamente expuesta puede, a través de la fiducia, centralizar la gestión de su imagen, encuadrar su explotación, reducir su riesgo mediático y organizar la transmisión de esos derechos de manera confidencial.

¿Garantiza la fiducia la confidencialidad?

La fiducia ofrece un marco discreto: el Fiduciario actúa por cuenta del Constituyente sin revelar necesariamente su identidad a terceros, lo que refuerza la confidencialidad de la gestión de los datos y de la imagen.

¿Cómo constituir una fiducia de este tipo?

Es preciso identificar los derechos patrimoniales explotables, definir la misión del Fiduciario y redactar un contrato a medida con un abogado fiduciario, respetando el RGPD y las normas protectoras de la personalidad.

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