FISCALIDAD: LA TRAMPA DE LAS SUCESIONES Y DONACIONES DE NO RESIDENTES
Artículo 750 ter del CGI : la trampa fiscal de los no residentes
A menudo descuidado (y a veces desconocido) por los expatriados, el artículo 750 ter del CGI suele recordarse dolorosamente a quienes lo pasan por alto. Este artículo, de una temible eficacia, permite en efecto a la administración tributaria gravar las donaciones y las sucesiones incluso cuando el donante ya no es residente fiscal, y ello aun cuando hubiera cumplido al mismo tiempo perfectamente con el conjunto de sus obligaciones declarativas y de garantía en virtud de la exit-tax, pudiendo asimismo aplicarse el citado artículo aunque el contribuyente ya hubiera obtenido regularmente su desgravación.
Dicho de otro modo, el contribuyente puede preguntarse legítimamente «pero ¿cuándo quedo por fin definitivamente liberado de mis obligaciones frente a la administración francesa? «
Continúe leyendo para saber más sobre el tema y sobre lo que le espera si se encuentra en esta situación.
¿Con o sin convenio de doble imposición ?
Cabe recordar que, a falta de convenio fiscal destinado a eliminar la doble imposición en materia de impuesto sobre donaciones, procede remitirse a lo dispuesto en el artículo 750 ter del Code général des impôts (CGI) francés, que distingue los supuestos de imposición según el domicilio fiscal del donante y del donatario.
En presencia de un convenio fiscal, procede remitirse a las disposiciones aplicables para comprobar la potestad tributaria. Los Estados que han celebrado con Francia un convenio en materia de impuesto sobre donaciones son los siguientes:
- Alemania (Convenio de 12 de octubre de 2006) ;
- Austria (Convenio de 26 de marzo de 1993) ;
- Estados Unidos (Convenio de 24 de noviembre de 1978) ;
- Guinea (Convenio de 15 de febrero de 1999) ;
- Italia (Convenio de 20 de diciembre de 1990) ;
- Nueva Caledonia (Convenio de 31 de marzo y 5 de mayo de 1983) ;
- San Pedro y Miquelón (Convenio de 30 de mayo de 1998) ;
- Suecia (Convenio de 8 de junio de 1994)
¿Es oponible en Francia una donación otorgada en el extranjero ?
Los principales supuestos
Derechos pagados en el extranjero: No olvide imputar, en su caso, el importe de los derechos pagados en el extranjero sobre el importe de los derechos debidos en Francia (784 A del CGI).
Bienes situados en Francia, queda sujeta a los derechos de transmisión franceses y deberá declararse mediante la presentación del formulario n°2735;
Bienes situados fuera de Francia, queda fuera del ámbito de los derechos de transmisión franceses.
No obstante, si el donante regresa a Francia con posterioridad a la donación o si su sucesión se abre en Francia, ¿puede esta donación de bienes situados fuera de Francia quedar gravada por el impuesto francés aun cuando escapaba al mismo el día de la donación?
Es declarada en una escritura por el donatario;
Es objeto de un reconocimiento judicial;
Es revelada espontáneamente por el donatario a la administración tributaria francesa.
En los casos en que no se haya otorgado ninguna escritura ni reconocimiento judicial, la administración tributaria considera así que la fecha del hecho imponible de las donaciones manuales no es la fecha de realización sino la fecha de su revelación.
Ø Si la donación ha sido otorgada por un no residente a un residente fiscal francés
La donación manual queda entonces sujeta a los derechos de transmisión franceses y deberá declararse mediante la presentación del formulario n°2735, que debe presentarse en el plazo de un mes siguiente a la revelación.
Ø Si la donación ha sido otorgada por un no residente a un no residente
Si una donación manual se ha realizado en un marco extranjero pero, años más tarde, se produce una nueva transmisión entre las mismas personas en un marco fiscal francés (sucesión o escritura de donación), la declaración de todas las donaciones anteriores para la aplicación de la regla de la acumulación fiscal fijará el hecho imponible de la anterior donación manual en la fecha de la nueva transmisión.
En la práctica, la apertura de una sucesión en Francia o la realización de una nueva donación mediante una escritura sujeta a los derechos de transmisión a título gratuito entre las mismas personas fijará en la fecha de la nueva transmisión:
El valor de los bienes objeto de la anterior donación manual;
Las normas de imposición y de territorialidad aplicables a la donación manual en las condiciones del artículo 750 ter del CGI.
Semejante carga fiscal ligada a la acumulación de las donaciones manuales anteriores puede sin embargo evitarse dando una fecha cierta a la donación en el momento de su realización en el extranjero, mediante su declaración a la administración tributaria francesa, a fin de cristalizar el hecho imponible antes de que la operación entre en el ámbito del impuesto francés.
Para concluir:
A fin de identificar el riesgo fiscal, procede así analizar el conjunto de las normas de imposición aplicables y el impacto de las donaciones realizadas de cara al futuro, en un contexto en el que la movilidad de las personas ya no es la excepción sino la norma.
Proverbio tejano: «Solo hay dos cosas en la tierra que no se pueden evitar: la muerte y los impuestos«.
Preguntas frecuentes sobre las sucesiones y donaciones de los no residentes
¿Pagan los no residentes impuesto de sucesiones en Francia?
Sí, en numerosos casos. El artículo 750 ter del CGI prevé una imposición en Francia desde el momento en que el causante, el beneficiario o los bienes presentan un vínculo con Francia. Un no residente puede, por tanto, ser gravado sobre bienes situados fuera de Francia.
¿En qué consiste la trampa del artículo 750 ter del CGI?
Este artículo extiende la imposición francesa a los herederos o donatarios domiciliados en Francia desde al menos seis de los diez últimos años, incluso sobre bienes extranjeros. Es una trampa frecuente para las familias expatriadas mal informadas.
¿Puede un convenio fiscal evitar la doble imposición sucesoria?
Sí, cuando existe. Francia ha firmado un número limitado de convenios en materia de sucesiones y de donaciones. A falta de ellos, existe un mecanismo de imputación del impuesto extranjero, pero no siempre neutraliza totalmente la doble imposición.
¿Se aplica la exit tax a las donaciones?
La exit tax grava las plusvalías latentes en el momento del traslado del domicilio fiscal. Una donación posterior a la salida puede, bajo ciertas condiciones, dar lugar a una desgravación de la exit tax, pero el régimen es técnico y exige un análisis previo.
¿Cómo asegurar una transmisión internacional?
Es preciso analizar con antelación la residencia fiscal, los convenios aplicables, la localización de los bienes y el calendario de las donaciones. Un acompañamiento jurídico permite evitar las trampas del artículo 750 ter y optimizar la transmisión internacional.
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