Contencioso
Conforme al artículo 6.5.4 del Reglamento Interior del Colegio de Abogados de París, el abogado fiduciario debe garantizar la separación y la distinción de sus actividades fiduciarias respecto de sus demás actividades contenciosas.
Por consiguiente, el despacho Harlington ya no ejerce en Francia más que la actividad de fiduciario, con exclusión de cualquier otra actividad de contencioso.
No obstante, en el marco de esta actividad fiduciaria y habida cuenta de nuestros conocimientos y competencias en esta disciplina, podemos llegar a hacernos cargo de expedientes contenciosos que impliquen litigios sobre y/o contra fiducias del derecho francés.
Una separación estricta de las actividades para evitar todo conflicto de intereses.
Contencioso fiduciario
Con un dominio profundo de la práctica fiduciaria en los expedientes que se nos confían y de las numerosas formaciones impartidas cada año en beneficio de abogados, notarios, magistrados, ingenieros patrimoniales y otros asesores de gestión patrimonial, los abogados del despacho pueden verse puntualmente llevados a intervenir en materia de contencioso sobre fiducias de garantía del derecho francés cuando los compromisos de los Constituyentes, de los Beneficiarios y/o de los Fiduciarios no se respetan correctamente.
La fiducia (la fiducia del derecho francés) puede ser igualmente una herramienta eficaz en materia de contencioso penal medioambiental, con mandamientos de reposición de los lugares a su estado original a lo largo de varias décadas a fin de restaurar la flora, la fauna y la biodiversidad, lo que solo un fiduciario puede asegurar de forma duradera con plena independencia e imparcialidad, dando cuenta al mismo tiempo de sus diligencias ante el magistrado si la sentencia así lo impone.
En materia de impugnación de sucesión, también es frecuente que la fiducia sea cuestionada por determinados herederos deseosos de apropiarse de sus frutos y/o de su capital. La problemática se plantea igualmente en caso de divorcio o de separación entre socios cuando hay una fiducia implicada.
Por último, en materia de procedimiento concursal, no es raro que algunos acreedores que descubren (tardíamente) la potencia de la fiducia como herramienta que permite legalmente sustraer el patrimonio fiduciario a los acreedores intenten implicarla (en vano) para tratar de recuperar su capital.
Aunque estas acciones están sistemáticamente abocadas al fracaso en razón de la solidez de la fiducia, no es menos cierto que un conocimiento fino de la materia resulta precisamente indispensable para que esta protección pueda activarse plenamente y despliegue todo su potencial.
Contencioso del protector
Si bien es particularmente raro que se exija la responsabilidad del fiduciario, habida cuenta del marco ya muy estricto del instrumento, puede en cambio ser más frecuente que surja un contencioso entre los derechohabientes y el protector que hubiera incumplido sus deberes.
Este tipo de contencioso, particularmente técnico, exige un dominio y un conocimiento minucioso no solo de las normas de derecho civil, sino también y sobre todo de las normas propias de la fiducia del derecho francés y de la materia financiera y contable.
El contencioso fiduciario internacional
Hipótesis más frecuente: cuando se dicta una resolución judicial extranjera susceptible de ser objeto de exequátur en Francia, ¿cómo debe reaccionar el Fiduciario y qué derechos puede oponer a la resolución extranjera? Esta cuestión, crucial en una economía globalizada en la que los activos pueden situarse en cualquier lugar del mundo (acciones estadounidenses, inversión en África, Private Equity en Asia, inmuebles en Europa, etc…), expone a la fiducia del derecho francés a una multitud de supuestos y de configuraciones distintas.
Para ello, un especialista en contencioso internacional no basta por lo general sin un conocimiento preciso del funcionamiento de la fiducia, tanto más cuanto que las jurisdicciones extranjeras, en particular anglosajonas, razonan a menudo, erróneamente, por analogía con el Trust, cuyas diferencias con la fiducia son en ocasiones notables.
Contencioso fiduciario administrativo
Por último, y de forma más excepcional, puede ocurrir que la fiducia del derecho francés (en particular en materia de toma de participación hostil en los mercados financieros) se sitúe en el centro de una cuestión reglamentaria o administrativa ante las autoridades administrativas independientes. El procedimiento, rara vez contencioso pero las más de las veces amistoso, se resuelve generalmente mediante la transmisión de explicaciones detalladas y de documentos precisos a las autoridades para disipar las dudas y las zonas de sombra.
En estas situaciones, se nos contacta esencialmente para emitir dictámenes o consultas jurídicas a fin de ilustrar a las partes y a la administración en una lógica de intercambio y de cooperación constructiva.
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